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Buenos Aires, Viernes 19 de Septiembre de 2008
AÑO: LXXX | Edicion N°: 20617


Ley_19550
Ley_22315
Decreto_1493
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INSPECCION GENERAL DE JUSTICIA - JURISPRUDENCIA ADMISTRATIVA
SUMARIO: S.A.: Extravío de Expediente – Inscripción de Directorio, Aumento de Capital y Modificación de Estatuto – Reconstrucción. I.G.J.: Error Material en Denominación Social – Rectificación de Plancha de Inscripción. RESOLUCION I.G.J. N° 654/2008 - «MANUEL CHERNITSKY SOCIEDAD ANÓNIMA INDUSTRIAL FINANCIERA COMERCIAL E INMOBILIARIA»
Buenos Aires, 6 de Agosto de 2008

VISTO: las presentes actuaciones que llevan Nº 477091/7714/2557025 identificatorio de esta INSPECCIÓN GENERAL DE JUSTICIA, correspondiente a la sociedad «MANUEL CHERNITSKY SOCIEDAD ANÓNIMA INDUSTRIAL FINANCIERA COMERCIAL E INMOBILIARIA», y

CONSIDERANDO:

Que la sociedad ha requerido a fojas 14 la reconstrucción del trámite 234.821 atento haberse extraviado el mismo, así también solicita, se proceda a la rectificación de las planchas de inscripción - conforme haberse incurrido en error material respecto de la denominación de la entidad- en la que constan la designación de directorio, aumento de capital y modificación de estatuto.

Que la sociedad acompañó a tales efectos, original de la escritura donde se encuentra transcripta la correspondiente acta de Asamblea de fecha 17/11/1995, que resolvió la designación de directorio, aumento de capital y modificación del estatuto y de la cual surge que la correcta denominación de la entidad es «MANUEL CHERNITSKY SOCIEDAD ANÓMINA INDUSTRIAL FINANCIERA COMERCIAL E INMOBILIARIA», asimismo se anexó original de ambas constancias de inscripción donde consta el error producido al consignar el nombre de la sociedad;

Que a fojas 12 vta., luce informe del Jefe del Área de Mesa General de Entradas y Archivo donde expresó que, conforme surge de las constancias arrojadas por el sistema informático, el trámite sujeto a reconstrucción se hallaba en el Área de Registros Nacionales, empero en dicho sector no pudo ser localizado el instrumento en cuestión, luego de una exhaustiva búsqueda;

Que a fs 15 obra informe de la Jefa de Depto. de Coordinación Administrativa expresando que, la documentación original que obra en los actuados fue acompañada a efectos de realizar la rectificación, pero la misma no pudo ser llevada a cabo atento haberse extraviado el trámite original de designación de directorio, aumento de capital y reforma de estatutos, y que correspondería remitir las actuaciones a esta Oficina Judicial atento haberse solicitado la reconstrucción del trámite extraviado;

Que se ha incorporado a la presente, copia de la totalidad de la documentación necesaria a los efectos de la reconstrucción;

Que conforme las constancias reseñadas ut-supra, corresponde tener por reconstruido el trámite de referencia y proceder a la rectificación de las pertinentes constancias de inscripción;

Por ello, y lo dispuesto por los artículos 3º, 6º, 10º , 21°, y 22º de la ley 22.315;

EL SUBINSPECTOR GENERAL
DE JUSTICIA A CARGO
RESUELVE:


ARTÍCULO 1°.- Tener por reconstruido el trámite Nº 234.821, referido a la designación de directorio, aumento de capital y modificación de estatuto correspondiente «MANUEL CHERNITSKY SOCIEDAD ANÓNIMA INDUSTRIAL FINANCIERA COMERCIAL E INMOBILIARIA».

ARTÍCULO 2°.- Proceder a la rectificación de las constancias de inscripción correspondientes al trámite sujeto a reconstrucción modificando la denominación en el vocablo «CHERNITSKI» por “CHERNITSKY».

ARTÍCULO 3°.- Pase al Departamento de Precalificación, para cumplimentar lo dispuesto en el artículo 2º.

ARTÍCULO 4º.- Instrúyase por la Oficina Judicial, oportuna Información Sumaria a fin de deslindar la eventual existencia de responsabilidades administrativas en el extravío de su original.

ARTÍCULO 5°.- Regístrese y notifíquese. Oportunamente, archívese. DR. MARCELO O. MAMBERTI – SUB INSPECTOR GENERAL A/C INSPECCIÓN GENERAL DE JUSTICIA.


Visitante N°: 26578146

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