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Buenos Aires, Martes 12 de Abril de 2005
AÑO: LXXX | Edicion N°: 20614


Ley_19550
Ley_22315
Decreto_1493
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RÉGIMEN DE ASISTENCIA FINANCIERA AMPLIADA
EL "RAFA" R.G.1856/2005 La AFIP aprobó la ampliación del Régimen de Asistencia Financiera, mediante la tasa de interés del 2% y mayores plazos de pago. El nuevo plan permite regularizar las deudas vencidas al 31 de Octubre de 2004, correspondientes a impuestos, los recursos de la seguridad social y deudas aduaneras. por: Jorge J. Gerchkovich - Contador Publico -

Se podrán solicitar las siguiente cantidad de cuotas :

1) Deudas correspondientes a los aportes personales de los trabajadores en relación de dependencia : hasta 36 cuotas, no pudiendo ser el importe de capital de cada cuota menor a $ 100,00.-

2) Deudas Aduaneras : hasta 36 cuotas, no pudiendo ser el importe de capital de cada cuota menor a $ 100,00.-.

3) Deudas impositivas y contribuciones de la seguridad social : hasta 120 cuotas, cuando la deuda no supere los $ 100.000,00, y se trate de sujetos caracterizados como PyMES, no pudiendo ser el importe de capital de cada cuota menor a $ 100,00.-
4) Cancelar los honorarios judiciales que resulten de embargos, en 12 cuotas sin interés no menor a $ 50,00.-

5) Podrán incluirse las deudas regularizadas en regímenes de asistencia financiera (RAF - RAFA ) vigentes.

6) Podrá adherirse al régimen hasta el 30 de Junio de 2005, mediante transferencia electrónica de datos.

7) Al momento de adhesión se ingresará el primer pago, que no podrá ser inferior a $ 100,00, más los intereses devengados.

Las disposiciones comentadas son de aplicación desde el 1 de Abril de 2005.

Jorge J. Gerchkovich
Contador Público

Visitante N°: 26469783

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