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Buenos Aires, Martes 26 de Febrero de 2008
AÑO: LXXX | Edicion N°: 20601


Ley_19550
Ley_22315
Decreto_1493
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SOCIEDADES COMERCIALES Y ASOCIACIONES CIVILES DE PROVINCIA: REEMPADRONAMIENTO OBLIGATORIO
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE PERSONAS JURÍDICAS DE BUENOS AIRES El Ministerio de Justicia de la Provincia de Buenos – D.P.P.J. por Resolución 5/2008 establece el Reempadronamiento obligatorio de todas las sociedades comerciales y asociaciones civiles; quedan exceptuadas aquellas sociedades y asociaciones inscriptas con posterioridad al 31 de diciembre de 2006. El plazo dispuesto es a partir del 3 de marzo de 2008 al 25 de agosto de 2008

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