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Buenos Aires, Lunes 24 de Diciembre de 2007
AÑO: LXXX | Edicion N°: 20619


Ley_19550
Ley_22315
Decreto_1493
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INSPECCION GENERAL DE JUSTICIA - JURISPRUDENCIA ADMINISTRATIVA
Sumario: Asociación Civil: Visita de Inspección en Sede Social. Intimación: Incumplimiento en la Presentación de Documentación Adeudada – Presentación de Nómina de Integrantes del Órgano Directivo. Deber de Informar: Incumplimiento – Aplicación de Sanción. RESOLUCIÓN I.G.J. Nº 802/2007 - «SOCIEDAD GENERAL DE AUTORES DE LA ARGENTINA ARGENTORES»


Buenos Aires, 27 de Setiembre de 2007

VISTO el expediente del Registro de esta INSPECCION GENERAL DE JUSTICIA Nº 924327/38256 correspondiente a la “SOCIEDAD GENERAL DE AUTORES DE LA ARGENTINA ARGENTORES», y

CONSIDERANDO:

Que a fs. 1301 obra el dictamen producido por el Departamento de Asociaciones Civiles y Fundaciones según el cual, a fs. 1292, la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil de la Capital Federal, ha decretado la caducidad de instancia referida al recurso extraordinario interpuesto a fs. 1274/81 por los Sres. JORGE ZUHAIR JURY, GUILLERMO BEN HASSAN, MIGUEL CERUSE MARCHESINI.

Que a fs. 1329/1330, consta el informe de la Inspectora designada a llevar a cabo la visita de inspección en la sede de la entidad, indicada a fs. 1301.

Que con posterioridad a ello, a fs. 1331 se dictamina que consta que la entidad «SOCIEDAD GENERAL DE AUTORES DE LA ARGENTINA -ARGENTORES», no ha dado cumplimiento con la presentación de la documentación adeudada ante el organismo, tal como le fuera intimada a fs. 1348 por la correspondiente cédula de notificación.

Que a fs. 1346 consta el dictamen en el cual, a partir de lo indicado a fs. 7 de la actuación 55801, se intima la presentación de la nómina de los integrantes del órgano directivo, bajo apercibimiento de considerar la falta de presentación en el término temporal de diez días, como incumplimiento del deber de informar ante el organismo estatal de fiscalización y control, y por lo tanto, de aplicar sanciones.

Que la cédula de notificación con «carácter de urgente» fue diligenciada el 19 de julio de 2006, sin que la entidad haya dado cumplimiento con la intimación efectuada.

Que de acuerdo a lo dictaminado por el Departamento de Asociaciones Civiles y Fundaciones a fs. 1352, el incumplimiento de la presentación de los datos de las autoridades de una entidad fiscalizada como lo es la «SOCIEDAD GENERAL DE AUTORES DE LA ARGENTINA -ARGENTORES» ante la INSPECCION GENERAL DE JUSTICIA; reviste una importancia tal que implica no poder efectivizar las correspondientes funciones del organismo de fiscalización.

Que asimismo surge del dictamen señalado que en un plano estrictamente objetivo la entidad ha incumplido con el deber de informar que por ley tiene como obligación, lo que la hace pasible de aplicarle una de las sanciones previstas en la Ley 22.315.

Por ello, lo establecido en los artículos 3º, 6º, 10º, de la Ley Nº 22.315, Decreto Nº 1493/82 y lo dictaminado por el Departamento de Asociaciones Civiles y Fundaciones,

LA INSPECTORA GENERAL
DE JUSTICIA
RESUELVE:

Artículo 1º.-: Aplicar sanción de apercibimiento a la «SOCIEDAD GENERAL DE AUTORES DE LA ARGENTINA -ARGENTORES-».

Artículo 2º.-: Intimar a la entidad para que en el plazo de 10 (diez) días proceda a dar cumplimiento a los requerimientos de fs. 1348 del presente trámite y fs. 1346 del tramite Nº 55801, presentando la nómina de integrantes del órgano directivo especificando todos los datos referidos a cada uno de los cargos, y el vencimiento de los mandatos de cada uno de ellos, bajo apercibimiento de aplicar nuevas sanciones en caso de persistir el incumplimiento.

Artículo 3º.-: Regístrese. Notifíquese a la «SOCIEDAD GENERAL DE AUTORES DE LA ARGENTINA -ARGENTORES» en la sede social sito en la calle Pacheco de Melo 1820 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Oportunamente, gírense las actuaciones al Departamento de Asociaciones Civiles y Fundaciones a sus efectos. DRA. DÉBORAH COHEN – INSPECTORA GENERAL DE JUSTICIA.

Visitante N°: 26627589

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