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San Martín 50, Piso 4, Of. 34/36 (1004) CABA

Buenos Aires, Lunes 28 de Mayo de 2007
AÑO: LXXX | Edicion N°: 20614


Ley_19550
Ley_22315
Decreto_1493
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INSPECCION GENERAL DE JUSTICIA - JURISPRUDENCIA ADMINISTRATIVA -
Sumario: Sociedad de Ahorro P/Fines Determinados: Presentación de Listados de Precios de Fábrica de Bienes a Adjudicar – Resol. I.G.J. Nº 26/04 Art. 16 ap. 16.2.1. Intimación: Omisión en la Presentación – Especificaciones Técnica, Accesorios y Equipos – Conducta Irregular. «CIRCULO CERRADO S.A. DE AHORRO PARA FINES DETERMINADOS»


Buenos Aires, 19 de Marzo de 2007

VISTO: El Expediente GN° 66.089 caratulado «CIRCULO CERRADO S.A. S/LISTA DE PRECIOS» y,

CONSIDERANDO:

Que por las presentes actuaciones «CIRCULO CERRADO S.A. DE AHORRO PARA FINES DETERMINADOS» acompaña los listados de precios de fábrica de los bienes a adjudicar a través de su plan de ahorro, correspondientes al mes de MAYO de 2006.

Que a fojas 41 interviene el Departamento Control Federal de Ahorro e intima a la sociedad para que subsane la omisión de presentar especificaciones técnicas, accesorios y equipos no opcionales de los modelos 300 C 3.5 ATX y 300 5,7 HEMI ATX que iniciaban su comercialización.

Que a fojas 47 se presenta la sociedad y en su defensa rechaza el cargo de omisión formulado por el Organismo de Contralor por considerar que lo solicitado no resulta aplicable a los que inician su comercialización, como en el caso en cuestión. Sostiene que la norma en dicho supuesto, solo establece que se mencione tal situación, la que fue debidamente informada en la planilla de presentación. No obstante lo expuesto, adjunta las especificaciones pertinentes requeridas que se identifican como Anexo N° 1, Anexo Nº 2 y Anexo Nº 3.

Que los argumentos expuestos por la sociedad constituyen una interpretación arbitraria de su parte, toda vez que la Resolución I.G.J. N° 26/04 es clara al respecto y en su artículo 16 apartado 16.2.1. expresamente señala que las entidades deberán presentar a la Inspección General de Justicia dentro de los 10 primeros días corridos de cada mes, la información requerida en el Anexo 16.2.1.1. y en dicho Anexo se especifica todo lo que la administradora debe acompañar para cumplir con su obligación de informar.

Que de la presentación efectuada por la sociedad con fecha 12 de junio de 2006 no surge que haya acompañado la información requerida en el anexo 16.2.1.1. y solo lo hizo ante la intimación del Organismo de fojas 41.

Que en consecuencia se observa que la conducta de CIRCULO CERRADO S.A. resulta irregular, toda vez que la información suministrada al Organismo de Contralor debe ser clara, concreta, bastarse a sí misma y coincidente con la de la fabricante, para poder determinar si la formación del precio del objeto del contrato es la correcta. El proceder de la sociedad ha desvirtuado el fundamento de la obligación impuesta por el artículo 16.2 del Capítulo I de las Normas de Ahorro, que es justamente, la de contar con la información fidedigna en tiempo oportuno.

Por ello, lo dictaminado por el Departamento Control Federal de Ahorro a fojas 49 y las facultades conferidas por los artículos 9, y 14 de la LEY N° 22.315 y 52 y cctes. del Decreto N°142.277/43 y sus modificatorios, y Resolución I.G.J. (G) N° 26/04,

LA DIRECTORA DE LA OFICINA JUDICIAL
A CARGO DE LA INSPECCION
GENERAL DE JUSTICIA
RESUELVE:

ARTICULO 1°: Aplícase a «CIRCULO CERRADO S.A. DE AHORRO PARA FINES DETERMINADOS» una multa de $ 900 (PESOS NOVECIENTOS) por la presentación incompleta de la documentación requerida por el artículo 16.2 del Capítulo I de las Normas de Ahorro. La multa deberá ser oblada y acreditado su pago en estas actuaciones dentro de los quince (15) días de notificada bajo apercibimiento de perseguir su cobro por la vía judicial.

ARTICULO 2°: Regístrese. Notifíquese por cédula a la Sociedad. Oportunamente, vuelva al Departamento Control Federal de Ahorro. DRA. GRACIELA JUNQUEIRA – DIRECTORA OFICINA JUDICIAL A/C INSPECCIÓN GENERAL DE JUSTICIA.

Visitante N°: 26491423

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