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San Martín 50, Piso 4, Of. 34/36 (1004) CABA

Buenos Aires, Viernes 29 de Diciembre de 2006
AÑO: LXXX | Edicion N°: 20601


Ley_19550
Ley_22315
Decreto_1493
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- INSPECCION GENERAL DE JUSTICIA - RESOLUCIONES GENERALES -
RESOLUCIÓN GENERAL Nº 15 Bs. As., 20/12/2006 Establécese los horarios y modalidades para la recepción de TRÁMITES DURANTE EL MES DE ENERO DE 2007.
VISTO la necesidad de atender al funcionamiento de esta INSPECCIÓN GENERAL DE JUSTICIA durante el mes de enero del año 2007 y,

CONSIDERANDO:

Que resulta necesario adoptar previsiones relativas a la recepción de trámites y diligencias, compatibilizando su cumplimiento con las disponibilidades de personal existentes durante el mes de enero y, estableciendo las modalidades más convenientes en aras de la optimización de las funciones cumplidas por el Organismo, teniendo en cuenta que durante el mes de enero de 2007 una parte significativa del personal hará uso de su licencia anual reglamentaria;

Que, en atención a lo anterior, resulta conveniente la adopción de las medidas de orden interno que resulten jurídica y fácticamente necesarias para posibilitar la atención de manera eficaz y eficiente de los cometidos a cargo de esta Inspección General;

Que, en parejo orden de ideas, es dable destacar la necesidad de arbitrar aquellas medidas ordenatorias que consulten liminares pautas de racionalidad administrativa y razonabilidad jurídica en punto a lograr una ponderada adecuación de medios a fines, mediante la cual se contribuya al progresivo fortalecimiento de las condiciones de operatividad de esta unidad de organización, para la preservación de la regularidad y continuidad de las funciones normativamente atribuidas;

Por ello,

LA INSPECTORA GENERAL
DE JUSTICIA
RESUELVE:

Artículo 1º — Durante el mes de enero de 2007 esta Inspección General de Justicia recepcionará a través de sus diferentes áreas o sectores los trámites habituales que se inicien o prosigan, en los horarios y con las salvedades o excepciones establecidas en los artículos siguientes.

Artículo 2º — Establécense los siguientes horarios de recepción de trámites durante el mes de enero de 2007:

- Trámites correspondientes al Área Intervención y Rúbrica de Libros: trámites urgentes de 11.00 a 12:00 horas y restantes trámites de 11.00 a 14.00 horas.

- Trámites correspondientes al Departamento de Precalificación: trámites urgentes de 9.00 a 10.00 horas y restantes trámites de 11.00 a 14.00 horas.

- Demás trámites que se recepcionen en el Organismo:
de 11.00 a 14.00 horas.

Artículo 3º — Establécense las modalidades siguientes para la recepción de trámites durante el mes de enero de 2007:

- Trámites registrales “urgentes” del Departamento Precalificación: Fíjase en SETENTA Y DOS (72) horas el plazo para la sustanciación de trámites registrales iniciados con carácter urgente.

- Presentación de estados contables: se receptarán y cursarán normalmente, en el horario indicado en el inc. 3) del artículo 2º.

- Oficios: sólo se receptarán y dará curso a su contestación a los que tengan carácter de urgente. Se entenderá por tales a: a) los librados mediando habilitación judicial de feria que resulte del auto ordenatorio o del cuerpo del despacho; b) los provenientes de Tribunales Federales y de otros con competencia en materias penales y correccional; c) los provenientes de organismos instructorios en materia penal; d) todo otro que por razonable analogía se pueda considerar tal.

- Solicitud oportuna de concurrencia de inspectores a asambleas o reuniones de órganos de administración: se receptarán las presentadas con la antelación prevista en la normativa vigente, supeditándose la concurrencia al acto a la disponibilidad de inspectores en la oportunidad correspondiente.

Artículo 4º — No se recibirán: a) requerimientos de organismos administrativos de cualquier clase; b) pedidos de copias de estados contables; c) pedidos de expedición de testimonios y certificados, ni de desarchivo y/o consulta de actuaciones de cualquier clase; d) presentaciones encuadradas en el convenio suscripto por la Inspección General de Justicia con la Dirección General de Deportes del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; e) Trámites registrales urgentes distintos de los indicados en el inc. 1) del apartado anterior.

Artículo 5º — Suspéndese el plazo para proveer denuncias durante enero de 2007. Sin perjuicio de ello, podrá disponerse su tramitación en caso de requerirlo el ejercicio inmediato de medidas propias de la fiscalización permanente sobre sociedades comprendidas en los artículos 299 y 301 de la ley 19.550, 8º de la Ley Nº 22.315, asociaciones civiles, fundaciones o entidades comprendidas en el artículo 9º de la citada Ley Nº 22.315, como así también en el caso de denuncias en materia de “actos aislados”.

Artículo 6º — Salvo en trámites de precalificación, no se dará curso a contestaciones de vistas, emplazamientos, intimaciones o requerimientos notificados con anterioridad al 31 de diciembre de 2006. Su plazo se tendrá por automáticamente suspendido a partir del 30 de diciembre y se reanudará, también automáticamente, el 1º de febrero de 2007.

Artículo 7º — De forma. — Déborah Cohen.

Visitante N°: 26160056

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