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San Martín 50, Piso 4, Of. 34/36 (1004) CABA

Buenos Aires, Martes 05 de Mayo de 2020
AÑO: LXXX | Edicion N°: 20601


Ley_19550
Ley_22315
Decreto_1493
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NOVEDADES IMPOSITIVAS

1- Regímenes especiales. se extiende la vigencia de los certificados mipyme que vencían en abril y mayo
2- Actividades de producción para exportación y procesos industriales: criterios para su autorización a funcionar
3- Buenos aires (ciudad). protocolo para comercios minoristas, pinturerías y venta de materiales
4- Programa de asistencia de emergencia para el trabajo y la producción (atp). reapertura de la inscripción
5- Convenio multilateral. se ratifica la prórroga de la presentación y pago del anticipo 3/2020 del impuesto sobre los ingresos brutos
6- Programa de asistencia de emergencia al trabajo y la producción: ampliación de beneficios
7- Coronavirus: ampliación del listado de actividades y servicios exceptuados de la cuarentena
8- Facturación y registración.impuesto al valor agregado. emisión de notas de crédito y/o débito
9- Procedimiento fiscal. se suspende hasta el 30 de junio de 2020 la obligación de registrar los datos biométricos
10- Impuesto a las ganancias. reorganización de empresas. plazo excepcional para efectuar la comunicación a la afip
11- Ciudad de buenos aires. se habilita el pago de impuestos a través de mercado pago
REGÍMENES ESPECIALES. SE EXTIENDE LA VIGENCIA DE LOS CERTIFICADOS MIPYME QUE VENCÍAN EN ABRIL Y MAYO

La Secretaría de la Pequeña y Mediana Empresa y los Emprendedores formalizó la prórroga por única vez hasta el 30 de junio de 2020 de la vigencia de los «Certificados MiPyME» cuyo vencimiento opera el 30 de abril de 2020 o el 31 de mayo de 2020. En este sentido, las micro, pequeñas y medianas empresas que tienen cierre de ejercicio en diciembre o enero continuarán con los certificados vigentes hasta el 30 de junio y la renovación automática que debería iniciarse este mes comenzará el 1ero de junio de 2020.
RESOLUCIÓN (SEC. EMPRENDEDORES Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA) 52/2020
BO: 24/04/2020


ACTIVIDADES DE PRODUCCIÓN PARA EXPORTACIÓN Y PROCESOS INDUSTRIALES: CRITERIOS PARA SU AUTORIZACIÓN A FUNCIONAR

Se autoriza el funcionamiento de las actividades de producción para exportación y los procesos industriales específicos que cumplan con determinados parámetros, sin perjuicio de los criterios que determine cada jurisdicción en función de la situación epidemiológica que se evidencie en las respectivas regiones. Los Gobernadores o el Jefe de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires deberán remitir al Ministerio de Desarrollo Productivo el detalle de los establecimientos de sus respectivas jurisdicciones que se encuentren exceptuados del cumplimiento de la medida de aislamiento social, preventivo y obligatorio.
RESOLUCIÓN (MIN. DESARROLLO PRODUCTIVO) 179/2020
BO: 24/04/2020

BUENOS AIRES (CIUDAD). PROTOCOLO PARA COMERCIOS MINORISTAS, PINTURERÍAS Y VENTA DE MATERIALES

Se aprueba el «Protocolo para la prestación de servicios y desempeño del personal en comercios minoristas y en pinturerías y venta de materiales para construcción y decoración (no presencial)», con el objeto de asegurar las mejores condiciones de prevención contra el COVID-19 en la actividad laboral.
RESOLUCIÓN (BUENOS AIRES (CIUDAD)) 112/2020 BO (BUENOS AIRES (CIUDAD)): 21/04/2020

PROGRAMA DE ASISTENCIA DE EMERGENCIA PARA EL TRABAJO Y LA PRODUCCIÓN (ATP). REAPERTURA DE LA INSCRIPCIÓN

La AFIP reabre la inscripción al Programa de Asistencia de Emergencia para el Trabajo y la Producción (ATP), desde el 21 al 23 de abril, inclusive.
RESOLUCIÓN GENERAL (ADM. FED. INGRESOS PÚBLICOS) 4702
BO: 21/04/2020

CONVENIO MULTILATERAL. SE RATIFICA LA PRÓRROGA DE LA PRESENTACIÓN Y PAGO DEL ANTICIPO 3/2020 DEL IMPUESTO SOBRE LOS INGRESOS BRUTOS

La Comisión Arbitral de Convenio Multilateral ratifica la prórroga de la fecha de vencimiento para la presentación y pago del anticipo 3/2020 del impuesto sobre los ingresos brutos para los contribuyentes 5 sujetos a las normas del Convenio Multilateral -en las condiciones dispuestas oportunamente por la Disp. de Presidencia de la Comisión Arbitral 4/2020-.
RESOLUCIÓN GENERAL (COM. ARBITRAL CONVENIO MULTILATERAL) 5/2020
BO: 20/04/2020

PROGRAMA DE ASISTENCIA DE EMERGENCIA AL TRABAJO Y LA PRODUCCIÓN: AMPLIACIÓN DE BENEFICIOS

Se amplían los beneficios comprendidos en el Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción para empleadores y trabajadores, y se incluye a los monotributistas y autónomos con préstamos a tasa cero.
DECRETO (PODER EJECUTIVO) 376/2020 BO (NACIONAL): 20/04/2020

CORONAVIRUS: AMPLIACIÓN DEL LISTADO DE ACTIVIDADES Y SERVICIOS EXCEPTUADOS DE LA CUARENTENA

Se exceptúa del cumplimiento de la cuarentena en todas las provincias, excepto en Santiago del Estero y Tucumán, desde el 18 de abril de 2020, a las actividades de cobranza de servicios e impuestos, oficinas de Rentas de las Provincias y Municipios, venta de mercadería ya elaborada de comercios minoristas por comercio electrónico y delivery, atención médica y odontológica, laboratorios de análisis clínicos y centros de diagnóstico por imagen, ópticas, peritos y liquidadores de siniestros de las compañías aseguradoras, atención de personas víctimas de violencia de género, producción para la exportación y procesos industriales específicos, ambos con autorización del Ministerio de Desarrollo Productivo. Cada jurisdicción habilitada deberá dictar las normas reglamentarias correspondientes y los protocolos para llevar a cabo cada actividad. DECISIÓN ADMINISTRATIVA (JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS) 524/2020 BO (NACIONAL): 18/04/2020

FACTURACIÓN Y REGISTRACIÓN.IMPUESTO AL VALOR AGREGADO. EMISIÓN DE NOTAS DE CRÉDITO Y/O DÉBITO

Se extiende al 1/7/2020 la entrada en vigencia de las disposiciones que únicamente permiten emitir notas de crédito y/o débito a los sujetos que generaron el comprobante de venta original.
RESOLUCIÓN GENERAL (ADM. FED. INGRESOS PÚBLICOS) 4701
BO: 18/04/2020

PROCEDIMIENTO FISCAL. SE SUSPENDE HASTA EL 30 DE JUNIO DE 2020 LA OBLIGACIÓN DE REGISTRAR LOS DATOS BIOMÉTRICOS

Se exime hasta el 30 de junio de 2020 a los contribuyentes y responsables de la obligación de registrar sus datos biométricos ante las dependencias a fin de realizar transacciones digitales que tengan dicha registración como requisito.
RESOLUCIÓN GENERAL (ADM. FED. INGRESOS PÚBLICOS) 4699
BO: 17/04/2020

IMPUESTO A LAS GANANCIAS. REORGANIZACIÓN DE EMPRESAS. PLAZO EXCEPCIONAL PARA EFECTUAR LA COMUNICACIÓN A LA AFIP

Se establece excepcionalmente un plazo adicional de 90 días corridos que se adiciona a los 180 días - previstos en el art. 4 de la RG (AFIP) 2513- para comunicar a la AFIP la reorganización de sociedades, fondos de comercio, empresas y/o explotaciones. El citado plazo adicional es aplicable a aquellas reorganizaciones cuyo vencimiento original de 180 días hubiera operado a partir del 20 de marzo de 2020.
RESOLUCIÓN GENERAL (ADM. FED. INGRESOS PÚBLICOS) 4700 BO: 17/04/2020

CIUDAD DE BUENOS AIRES. SE HABILITA EL PAGO DE IMPUESTOS A TRAVÉS DE MERCADO PAGO

El Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires pone a disposición de los vecinos una nueva billetera virtual para abonar impuestos y servicios a los fines de cumplir con los vencimientos, sin necesidad de moverse de casa. Al respecto, se informa que desde el celular, ingresando en la app de Mercado Pago, los vecinos podrán abonar distintos servicios e impuestos tales como ABL, Patentes, licencias de conducir, solicitud de partidas del Registro Civil, habilitaciones de comercios, pago voluntario de infracciones y permisos de ingreso al microcentro, entre otros.

Visitante N°: 26148792

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