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Buenos Aires, Jueves 17 de Octubre de 2019
AÑO: LXXX | Edicion N°: 20617


Ley_19550
Ley_22315
Decreto_1493
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NOVEDADES LABORALES

OCTUBRE 2019
NOVEDADES LABORALES

RECURSOS DE LA SEGURIDAD SOCIAL. SISTEMA INTEGRAL DE RETENCIONES ELECTRÓNICAS (SIRE). SE PRORROGA AL 1ERO DE DICIEMBRE DE 2019 EL USO OBLIGATORIO PARA LOS AGENTES DE RECAUDACIÓN DEL IVA, SE HABILITA UN CERTIFICADO GLOBAL Y EN FORMA TRANSITORIA LAS PERCEPCIONES DEBERÁN INGRESARSE EN FORMA MENSUAL

Se establecen modificaciones al Sistema Integral de Retenciones Electrónicas (SIRE), entre las que destacamos:
- Se prorroga hasta el 1ero de diciembre de 2019 la obligatoriedad de utilizar el SIRE para los agentes de retención y/o percepción del impuesto al valor agregado.
- Se habilita la posibilidad de emitir un “Certificado Global” para las percepciones practicadas en el IVA correspondientes a un mismo régimen, sujeto y período fiscal.
- Transitoriamente, se prevé que las percepciones del IVA practicadas entre los meses de diciembre de 2019 y mayo de 2020 sean ingresadas de manera mensual en lugar de quincenal.
RESOLUCIÓN GENERAL (ADM. FED. INGRESOS PÚBLICOS) 4595
BO: 30/09/2019

RECURSOS DE LA SEGURIDAD SOCIAL. RÉGIMEN DE FACILIDADES DE PAGO PERMANENTE. SE POSIBILITA REGULARIZAR DEUDAS POR INTERESES RESARCITORIOS, CAPITALIZABLES Y/O PUNITORIOS A PARTIR DEL 1ERO DE OCTUBRE DE 2019

La AFIP posibilita, a partir del 1ero de octubre de 2019, regularizar deudas por intereses resarcitorios, capitalizables y/o punitorios originados en obligaciones de capital -impositivas y/o previsionales- que hubieran sido canceladas, así como intereses correspondientes a retenciones y percepciones impositivas, anticipos y pagos a cuenta.
RESOLUCIÓN GENERAL (ADM. FED. INGRESOS PÚBLICOS) 4590
BO: 30/09/2019

NOVEDADES DE LEGISLACIÓN. SE OFICIALIZA EL BONO DE $ 5.000 PARA TRABAJADORES DEL SECTOR
PRIVADO

El Poder Ejecutivo Nacional estableció el pago de una asignación no remunerativa de $ 5.000 para todos los trabajadores en relación de dependencia del sector privado, suma que se compensará en las próximas revisiones salariales y la cual se abonará en octubre de 2019 o en los plazos, cuotas y condiciones que establezcan las partes signatarias de los convenios colectivos de trabajo.
Será para el personal que cumpla la jornada legal o convencional. A partir de allí, será proporcional a la jornada que efectivamente cumpla el trabajador.
Quedan excluidos de los alcances del presente decreto los trabajadores del Régimen de Trabajo Agrario y del Régimen Especial de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares, sin perjuicio de lo que puedan establecer los órganos competentes.
DECRETO (PODER EJECUTIVO) 665/2019
BO: 26/09/2019

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