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San Martín 50, Piso 4, Of. 34/36 (1004) CABA

Buenos Aires, Miércoles 23 de Enero de 2019
AÑO: LXXIX | Edicion N°: 20611


Ley_19550
Ley_22315
Decreto_1493
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CANCELACIÓN SIN LIQUIDACIÓN POR INACTIVIDAD

900 CATERING S.A.


Comunica cancelación sin liquidación por inactividad: inscripta en la Inspección General de Justicia el 5/1/2016 bajo el número 38 libro 77 tomo – de Sociedades por Acciones con sede social en Av. Rivadavia 755 piso 5 oficina 21 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Escritura pública 1275 del 6/12/2018, registro 841 otorgada por Felipe Gustavo YANKELEVICH, argentino, divorciado, empresario, nacido el 7/12/1949, DNI 8.209.583, domiciliado en Av. Del Libertador 3050, piso 13, departamento A CABA; Víctor Alejandro GONZÁLEZ, argentino, casado, empresario, nacido el 15/4/1953, DNI 11.097.067, domiciliado en la calle 3 de febrero 2633, San Isidro, Provincia de Buenos Aires; Ricardo Adrián FRIDMAN, argentino, casado, nacido el 18/9/1962, empresario, DNI 16.056.723, domiciliado en Avenida Congreso 1783 piso 5 departamento B CABA y Mariano Gustavo BABUSCI, argentino, casado, nacido el 4/12/1972, empresario, DNI 23.095.305, domiciliado en Dean Funes s/n esquina Mariano Moreno, La Cumbre, Provincia de Córdoba. Declararon bajo juramento que: (a) desde la fecha de la inscripción de su constitución en el Registro Público de Comercio la sociedad no efectuó ningún otro trámite registral, no ha presentado estados contables ni tampoco ha cumplido inscripciones y/o presentaciones de ninguna especie a los fines de ningún régimen tributario o de contribuciones a la seguridad social que pudiera serle aplicable ni, en general, ha invocado y/o hecho valer las estipulaciones del contrato social a ningún efecto o efectuado presentaciones de ningún tipo a las que puedan atribuirse tales alcances y (b) que, desde la fecha de su inscripción registral, la sociedad no realizó operación alguna, los aportes efectuados fueron efectivamente restituidos, no es titular de bienes registrables y no pesa contra la sociedad ni contra sus socios, por su condición de tales, ninguna acción judicial. Asumen responsabilidad ilimitada y solidaria, con renuncia a invocar el régimen de responsabilidad y el beneficio de excusión, por las eventuales obligaciones que pudieren haber sido contraídas por cualquiera de los otorgantes, aún en violación al régimen de administración y representación establecidos legal y/o contractualmente. Autorizado según instrumento público Esc. Nº 1275 de fecha 06/12/2018 Reg. Nº 841. Mariana Lantaño. Abogada. T°89. F°96. CPACF.

LA AUTORIZADA
Diario El Accionista
Fact A-1255 I:23-01-19 V:23-01-19

Visitante N°: 26389398

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