CANCELACIÓN REGISTRAL POR INACTIVIDAD
XHOXB COMUNICACION S.A.
Comunica que por escritura 310 del 24/02/16 pasada al folio 1561 del registro 15 CABA resolvió su Cancelación Registral sin liquidación por falta de actividad. Domicilio legal: Tucumán 141 piso 4 Oficina «I» CABA. Inscripción en IGJ: 3/09/13 N° 17204 L° 65 de Soc. por Acc.. Otorgantes: Lisandro Luis Fernandez Iglesias, casado, lic. en adm. de empresas, nacido el 6/12/77, DNI 26.273.974, domiciliado en la calle Pedro Goyena 830 piso 15 dpto. 2 CABA; Javier Fernando Molina, soltero, periodista, nacido el 14/2/76, DNI 25.034.279, domiciliado en la calle Pirovano 746, Martinez, Pcia. De Bs. As. y Laureano Horacio Pernaseti, casado, abogado, nacido el 19/10/76, DNI 25.511.492, domiciliado en Samuel Molina 638, San Fernando del Valle de Catamarca, Pcia. de Catamarca, todos argentinos. Dejaron contancia que la sociedad
(i) Que la sociedad no ha efectuado ningún otro trámite registral, ni ha presentado estado contable alguno.
(ii) Que la sociedad no ha cumplido inscripción y/o presentación de ninguna especie a los fines de ningún régimen tributario o de contribuciones a la seguridad social.
(iii) Que la sociedad no ha hecho valer las estipulaciones del estatuto social a ningún efecto, ni realizado presentaciones de ningún tipo a las que puedan atribuirse como tales.
(iv) Que la sociedad no ha realizado operación alguna.
(v) Que los aportes efectuados a la sociedad fueron efectivamente restituidos a los accionistas constituyentes.
(vi) Que la sociedad no es titular de bienes registrables.
(vii) Que no pesa contra la sociedad ni contra sus accionistas, por su condición de tales, ninguna acción judicial.
(viii) Que los accionistas y los directores asumen en forma expresa la responsabilidad ilimitada y solidaria con renuncia, respecto de los accionistas, a invocar el régimen de responsabilidad y en su caso el beneficio de excusión correspondientes al tipo social adoptado por las eventuales obligaciones que pudieran haber sido contraídas por cualquiera de aquellas, aun en violación al régimen de administración y representación establecidos legal y/o contractualmente.
(ix) Que Laureano Horacio Pernasetti, estará a cargo de la conservación de los instrumentos de constitución y de cancelación de la sociedad por el término del art. 328 del CCN contado desde la cancelación.
Carlos Alberto Vadell Autorizado según escritura 310 del 24/02/2016 Reg. N° 15 CABA.
EL AUTORIZADO
Diario El Accionista
Fact A-0271 I:22-06-16 V:22-06-16