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San Martín 50, Piso 4, Of. 34/36 (1004) CABA

Buenos Aires, Martes 22 de Marzo de 2016
AÑO: LXXX | Edicion N°: 20618


Ley_19550
Ley_22315
Decreto_1493
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NOVEDADES LABORALES

Cr. Damián Ojeda
ESTUDIO OJEDA
Contadores Públicos - Consultores de Empresas
Tel. 011 4503-2812
TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL. ASIGNACIONES FAMILIARES. INCREMENTO DE ASIGNACIONES FAMILIARES Y TOPES DE LOS RANGOS SALARIALES A PARTIR DE MARZO DE 2016

Se establece un incremento en las asignaciones familiares y la modificación en los topes de los rangos salariales.
En tal sentido, el mencionado aumento y los topes quedarán reflejados de acuerdo al siguiente esquema:
• Asignaciones familiares y rangos salariales:
- Grupo I: se eleva el tope de ingresos mensuales familiares de $ 7.500 a $ 15.000. Pasarán de cobrar $ 837 a $ 966 por cada hijo.
- Grupo II: se eleva el tope de ingresos mensuales familiares de $ 9.800 a $ 22.000. Pasarán de cobrar $ 562 a $ 649 por cada hijo.
- Grupo III: se eleva el tope de ingresos mensuales familiares de $ 12.700 a $ 25.400. Pasarán de cobrar $ 338 a $ 390 por cada hijo.
- Grupo IV: se eleva el tope de ingresos mensuales familiares de $ 30.000 a $ 60.000. Pasarán de cobrar $ 172 a $ 199 por cada hijo.

La percepción de un ingreso superior a $ 30.000 por parte de uno de los integrantes del grupo familiar excluye a dicho grupo del cobro de las asignaciones familiares, aun cuando la suma de sus ingresos no supere el tope máximo establecido.
• Aumento del valor del resto de las asignaciones familiares:
- Nacimiento: pasa de $ 975 a $ 1.125.
- Adopción: pasa de $ 5.850 a $ 6.748.
- Matrimonio: pasa de $ 1.462 a $ 1.687.
- Cónyuge: pasa de $ 200 a $ 231.
Si a la fecha de entrada en vigencia del presente decreto ya hubieren operado vencimientos de pagos, se deberá liquidar en forma complementaria la diferencia correspondiente.
DECRETO (PODER EJECUTIVO) 492/2016
BO: 17/03/2016


AFIP. NUEVO RELEASE DEL SISTEMA APLICATIVO SICOSS VERSIÓN 39

La Administración Federal de Ingresos Públicos pone a disposición el Release 3 de la Versión 39 del programa aplicativo SICOSS (Sistema de Cálculo de Obligaciones de la Seguridad Social).

Las modificaciones introducidas son las siguientes:

a) Ventana «Datos Generales» de la Nómina de Empleados:
- Se incorpora el código «60 - Taller Protegido Especial para el Empleo (TPEE)» correspondiente a la modalidad de contratación para Talleres Protegidos ley 26816, artículo 2, punto 1.
- Se incorporan los Convenios de Corresponsabilidad Gremial de la actividad vitivinícola de Catamarca y Salta y la actividad foresto industrial de Chaco.
- Se incorpora la Obra Social «128409 - Obra Social del Sindicato Obreros y Empleados de Empresas de Limpieza, Servicios y Afines de Córdoba».

b) Se actualizan los topes de la base imponible sujeta a aporte de acuerdo a la resolución (ANSeS) 28/2016 con vigencia a partir del 1 de marzo de 2016.

TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL. COEFICIENTE DE ESTABILIZACIÓN DE REFERENCIA (CER). METODOLOGÍA DE CÁLCULO DEL INDICADOR DIARIO. ADECUACIONES. ENERO DE 2016

Se dispone que para el cálculo del Coeficiente de Estabilización de Referencia (CER), a partir del 26 de febrero de 2016 y hasta el 25 de marzo de 2016, se utilizará la tasa de variación diaria obtenida de la evolución mensual del Índice de Precios al Consumidor de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (IPCBA), publicado por la Dirección General de Estadística y Censos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para el mes de enero de 2016.
Destacamos que el citado coeficiente será informado por el Banco Central de la República Argentina.
RESOLUCIÓN (MIN. HACIENDA Y FINANZAS PÚBLICAS) 45/2016
BO: 26/02/2016

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