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Buenos Aires, Martes 15 de Marzo de 2016
AÑO: LXXX | Edicion N°: 20613


Ley_19550
Ley_22315
Decreto_1493
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ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS

SEGURIDAD SOCIAL
Resolución General 3834
Parte III - Final.

5.1. Convenio de Chaco:
El Ministerio de Producción (ex-Ministerio de Producción y Ambiente) de la Provincia del Chaco adelantará mensualmente a esta Administración Federal las cuotas con destino a las Administradoras de Riesgos del Trabajo (ART), correspondientes a todos los productores incluidos en el “Convenio”. A esos efectos, este Organismo informará al citado Ministerio el monto que corresponda por cada productor.
El importe del adelanto deberá ingresarse hasta la fecha de vencimiento general prevista para la presentación de las declaraciones juradas mensuales determinativas de las obligaciones de la seguridad social —F. 931—, mediante el procedimiento de transferencia electrónica de fondos establecido por la Resolución General N° 1.778, su modificatoria y sus complementarias, generándose el correspondiente Volante Electrónico de Pago (VEP).
Esta Administración Federal reintegrará al Ministerio de Producción (ex -Ministerio de Producción y Ambiente) de la Provincia del Chaco el importe correspondiente al concepto Ley de Riesgos del Trabajo asignado en los “Convenios”, comprendido en la tarifa sustitutiva que éste hubiera ingresado. El importe a reintegrar, en ningún caso podrá superar el monto que este Organismo haya transferido en concepto de cuota con destino a las Administradoras de Riesgos del Trabajo (ART).

APÉNDICE V - PRODUCCIÓN DE YERBA MATE

1. Convenios alcanzados
1.1. Suscripto por la Asociación de Secaderos de Yerba Mate (ASYM), Asociación de Secaderos de Yerba Mate del Alto Paraná (ASYMAP), Asociación de Productores Agropecuarios de Misiones (APAM), Asociación Rural Yerbatera Argentina (ARYA), Asociación Chimiray, Centro Agrario Yerbatero Argentino (CAYA), Asociación de Productores de la Zona Centro (APZC), Federación Agraria Argentina Filial Misiones (FFA), Asociación Civilagrícola, Ganadera y Forestal de la Zona Sur (AAGyFSUR), Unión de Agricultores de Misiones (UDAM), Asociación de Plantadores del Nordeste Argentino (APNEA), Federación de Cooperativas Agrícolas de Misiones (FEDECOOP), Asociación de Molineros de Corrientes, Asociación de Productores Agropecuarios de la Zona Sur, Unión Argentina de Trabajadores Rurales y Estibadores de la República Argentina (UATRE) y Obra Social del Personal Rural y Estibadores de la República Argentina (OSPRERA), respecto del cual ha prestado su conformidad el Instituto Nacional de Yerba Mate (INYM), homologado por la Resolución N° 3 (SSS) del 12 de febrero de 2015.

2. Sujeto responsable del ingreso de la tarifa
2.1. Instituto Nacional de la Yerba Mate (INYM).

3. Ingreso de la tarifa sustitutiva recaudada
3.1. Código de régimen a consignar en el Sistema Integrado de Retenciones Electrónicas “SIRE”.
3.1.1. Convenio de Misiones y Corrientes: 888
3.2. Plazo para el ingreso
3.2.1. Convenio de Misiones y Corrientes: al mes siguiente de cada mes del ciclo de que se trate.

4. Códigos de modalidad de contratación para identificar a los trabajadores en las declaraciones juradas —F. 931—
4.1. Convenio de Misiones y Corrientes: 994

APÉNDICE VI - ACTIVIDAD FORESTO INDUSTRIAL

1. Convenios alcanzados
1.1. Suscripto por la Unión de Sindicatos de la Industria de la Madera de la República Argentina y las entidades representativas de la producción Foresto Industrial de la Provincia del Chaco, homologado mediante la Resolución N° 42 (SSS) del 27 de agosto de 2015.

2. Sujeto responsable del ingreso de la tarifa
2.1. Convenio de Chaco: Dirección Provincial de Bosques dependiente del Ministerio de Producción (ex-Ministerio de Producción y Ambiente) de la Provincia del Chaco.

3. Ingreso de la tarifa sustitutiva recaudada
3.1. Código de régimen a consignar en el Sistema Integrado de Retenciones Electrónicas “SIRE”.
3.1.1. Convenio de Chaco: 472
3.2. Plazo para el ingreso
3.2.1. Convenio de Chaco: al mes siguiente de cada mes del ciclo de que se trate.

4. Códigos de modalidad de contratación para identificar a los trabajadores en las declaraciones juradas —F. 931—
4.1. Convenio de Chaco: 984.

Fecha de publicación 10/03/2016

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