PROGRAMA DE ESTÍMULO RENOVATE
Resolución 48/2015
Bs. As., 27/3/2015
Reglamento General.
Aprobación.
(Parte II)
Que, a los fines de la implementación de dicho programa, corresponde crear el Reglamento General del Programa de Estímulo RENOVATE, y establecer su respectiva operatoria, el que se acompaña como ANEXO y forma parte integrante de la presente.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS dependiente de la SUBSECRETARÍA LEGAL del MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 5 de la Resolución Conjunta N° 126 del MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS, y N° 171 del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, de fecha 25 de marzo de 2015.
Por ello,
LA SECRETARIA
DE ENERGÍA
RESUELVE:
Artículo 1° — Apruébese el Reglamento General del Programa de estímulo RENOVATE, el cual se adjunta como ANEXO y forma parte integrante de la presente Resolución.
Art. 2° — Facúltese a la SUBSECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA dependiente de la SECRETARIA DE ENERGÍA del MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS a efectuar todas aquellas comunicaciones que sea menester a los efectos de resolver las cuestiones relativas a la aplicación e interpretación de la presente resolución.
A los efectos de las comunicaciones relativas a la aplicación de la presente resolución, se deberá entender que el Señor Subsecretario de Energía Eléctrica actúa en nombre de esta Secretaría de Energía.
Art. 3° — El gasto que demande la puesta en funcionamiento de la presente medida será atendido con los créditos que se le asignen, con cargo a la partida 5.1.9 del Programa 75 de la Jurisdicción 56 de la SECRETARÍA DE ENERGÍA DEL MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS, de conformidad a lo establecido en el Artículo 7 de la Resolución Conjunta N° 126 del MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS, y N° 171 del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, de fecha 25 de marzo de 2015.
Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Mariana Matranga.
ANEXO
REGLAMENTO GENERAL DEL PROGRAMA DE ESTÍMULO “RENOVATE”
I. Definiciones
A los fines de la implementación del presente Programa, se adoptan las siguientes definiciones:
1) Programa: se define como tal al “Programa de Fomento a la Producción y Comercialización de Aparatos Eléctricos de Uso Doméstico Eficientes Energéticamente”, denominado “RENOVATE”.
2) Electrodomésticos: se utiliza para denominar a los aparatos eléctricos de uso doméstico.
3) Entidades Beneficiarias: se emplea para identificar a aquellas personas físicas o jurídicas de naturaleza privada, adheridas al presente Programa, cuyos establecimientos comerciales de venta minorista, desarrollen en forma especializada y de manera exclusiva, la comercialización de Electrodomésticos.
4) Compensación Económica: se considera al monto que recibirán las Entidades Beneficiarias adheridas al Programa en contraprestación por la comercialización de cada uno de los bienes comprendidos a precio promocional.
5) Bien Promocionado: Son los Electrodomésticos que cumplan con los más altos estándares de eficiencia energética, incluidos en el Programa.
6) Bien de Recambio: Se trata de los Electrodomésticos en funcionamiento, cuya eficiencia energética sea menor que la de los Bienes Promocionados, y que deben ser entregados por los Consumidores a las Entidades Beneficiarias, para su posterior descontaminación, desguace y disposición final.
7) Consumidores: Aquellas personas físicas o jurídicas que participen en el Programa, adquiriendo alguno de los Bienes Promocionados y entregando, en consecuencia, Bienes de Recambio a la Entidad Beneficiaria.
8) Centro de Expedición: lugar físico desde donde la Entidad Beneficiaria realiza el despacho de los Bienes Promocionados.