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San Martín 50, Piso 4, Of. 34/36 (1004) CABA

Buenos Aires, Jueves 19 de Marzo de 2015
AÑO: LXXX | Edicion N°: 20614


Ley_19550
Ley_22315
Decreto_1493
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CONSORCIO DE COPROPIETARIOS LOS CARDALES COUNTRY CLUB


CONVOCATORIA

Se convoca a Asamblea General Ordinaria de copropietarios para el día 13 de abril de 2015, a las 19.00 horas en primera convocatoria y a las 19.30 horas en segunda convocatoria. Se convoca a Asamblea General Extraordinaria a las 20,30 horas en primera convocatoria y 21.00 horas en segunda convocatoria. Ambas, en el Círculo de Oficiales de Mar, sitio en la calle Sarmiento 1867 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de acuerdo con lo dispuesto en los Artículos 33 y 35 del Reglamento de Copropiedad y Administración, para tratar el siguiente:

ORDEN DEL DÍA

ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA

1) Designación de dos copropietarios para que, conjuntamente con el Presidente, firmen el acta respectiva.
2) Elección de Miembros Titulares y Suplentes del Consejo de Administración.-
3) Rendición de cuentas del Administrador, Consideración de la Memoria, Inventario, Balance General, Estado de Recursos y Gastos y Estado de Origen y Aplicación de Fondos correspondientes al período 01-01-14 al 31-12-14,
4) Consideración del Presupuesto por expensas comunes para el período Mayo 2015 / Abril 2016 y fijación de las cuotas a abonar por dicho concepto.
5) Consideración de los seguros vigentes
6) Fondo de reserva
7) Fijación del importe máximo que para trabajos ordinarios puede invertir el Administrador.
8) Remuneración y Honorarios del Administrador.

ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA

1) Designación de dos copropietarios para que, conjuntamente con el Presidente, firmen el acta respectiva.
2) Código Civil y Comercial, ARTÍCULO 2067; Derechos y Obligaciones del Administrador, delegación de facultades para nombrar y despedir al personal del consorcio.

Buenos Aires, 14 de Marzo de 2015.

EL PRESIDENTE

Art. XXIX: Cada coopropietario deberá estar al día en el pago de sus obligaciones con el Consorcio para poder participar en las Asambleas.
Art. XXXVII: Los copropietarios podrán hacerse representar en las reuniones por otro coopropietario
exclusivamente, mediante carta poder con la firma certificada por escribano público, por un banco o por el Consejo de Administración. Un mismo mandatario no podrá representar a más de cinco copropietarios.
El Administrador no podrá asumir la representación de ningún copropietario.

Diario «El Accionista»
Fact A N° 5730 I:19-03-15 V:19-03-15

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