BUENOS AIRES. INMOBILIARIO. IMPUESTO COMPLEMENTARIO APLICABLE AL AÑO 2015.
REGLAMENTACIÓN
La Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires reglamenta el impuesto inmobiliario complementario aplicable al año 2015.
Se destaca que serán considerados sujetos al impuesto quienes revistan el carácter de únicos propietarios, usufructuarios o poseedores a título de dueño de más de un inmueble de la planta urbana edificada y/o de más de un inmueble de la planta urbana baldía y/o de más de un inmueble de las plantas rural y/o subrural, consideradas estas últimas plantas en forma conjunta.
Se recuerda que la base imponible del impuesto inmobiliario complementario estará constituida por las sumas de las bases imponibles del impuesto inmobiliario básico de los inmuebles pertenecientes a un mismo conjunto, atribuibles a un mismo contribuyente.
RESOLUCIÓN NORMATIVA (AGENCIA DE RECAUDACIÓN DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES)