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Buenos Aires, Viernes 31 de Enero de 2014
AÑO: LXXX | Edicion N°: 20613


Ley_19550
Ley_22315
Decreto_1493
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POLÍTICAS SOCIALES
Créase el “Programa de Respaldo a Estudiantes Argentinos” (PROGRESAR). Decreto 84/2014 Bs. As., 23/1/2014 VISTO las Leyes Aros. 25.994 y 26.425, los Decretos NH° 1.454 del 25 de noviembre de 2005, NH° 1.602 del 29 de octubre de 2009, NH° 459 del 6 de abril de 2010, NH° 446 del 18 de abril del 2011 y NH° 902 del 12 de junio de 2012, y CONSIDERANDO:



Que en función de lo expuesto y a fin de alcanzar los objetivos del Programa que se crea es necesario profundizar y articular las estrategias desplegadas desde los distintos ministerios considerando para ello la creación de un COMITE EJECUTIVO integrado por un representante de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, un representante del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS y un representante de la ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL y un COMITE CONSULTIVO integrado por un representante del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, un representante del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, un representante del MINISTERIO DE EDUCACION, un representante del MINISTERIO DE SALUD, un representante del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, un representante del MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA, un representante del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, un representante del MINISTERIO DE SEGURIDAD, un representante del MINISTERIO DE DEFENSA y un representante de la ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES). Ambos Comités serán presididos por el representante del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS.

Que la mejor política social de promoción e integración es el trabajo y una formación plena de los jóvenes permitirá que los mismos sean los futuros protagonistas del desarrollo de nuestro país.

Que el comienzo del ciclo lectivo 2014 resulta inminente y la necesidad de brindar ayuda inmediata a las situaciones descriptas dificulta seguir los trámites ordinarios previstos por la CONSTITUCION NACIONAL para la sanción de las leyes, ya que, adicionalmente, el HONORABLE CONGRESO DE LA NACION se encuentra en período de receso, por lo que el PODER EJECUTIVO NACIONAL adopta la presente medida con carácter excepcional.

Que la Ley N° 26.122, regula el trámite y los alcances de la intervención del HONORABLE CONGRESO DE LA NACION respecto de los Decretos de Necesidad y Urgencia dictados por el PODER EJECUTIVO NACIONAL, en virtud de lo dispuesto por el artículo 99 inciso 3 de la CONSTITUCION NACIONAL.

Visitante N°: 26439874

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