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Buenos Aires, Miércoles 29 de Enero de 2014
AÑO: LXXX | Edicion N°: 20618


Ley_19550
Ley_22315
Decreto_1493
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POLÍTICAS SOCIALES
Créase el “Programa de Respaldo a Estudiantes Argentinos” (PROGRESAR). Decreto 84/2014 Bs. As., 23/1/2014 VISTO las Leyes Aros. 25.994 y 26.425, los Decretos NH° 1.454 del 25 de noviembre de 2005, NH° 1.602 del 29 de octubre de 2009, NH° 459 del 6 de abril de 2010, NH° 446 del 18 de abril del 2011 y NH° 902 del 12 de junio de 2012, y CONSIDERANDO:

Que es una decisión del Estado Nacional adoptar políticas públicas que permitan mejorar la situación de los grupos familiares en situación de vulnerabilidad social.

Que desde el año 2003 el Gobierno Nacional ha impulsado diversas políticas económicas y sociales con el fin de delinear y profundizar el modelo de desarrollo económico con inclusión social, que se ha traducido en una sostenida mejora en la economía, en la creación de empleo, la reducción de la pobreza y la desigualdad social.

Que la Ley NH° 25.994 y el Decreto N° 1.454/05 permitieron ampliar la cobertura de jubilados y pensionados incluyendo a más de DOS MILLONES Y MEDIO (2.500.000) de personas logrando la mejora de los principales indicadores sociales relacionados con el bienestar de los titulares de derecho de prestaciones previsionales.

Que por otra parte, la Ley N° 26.425 dispuso la unificación del sistema previsional argentino en un único régimen de administración estatal, de reparto, solidario y orientado a la protección de los derechos de los titulares de jubilaciones y pensiones.

Que el Decreto N° 1.602/09 creó la Asignación Universal por Hijo para Protección Social, incluyendo en el Régimen de Asignaciones Familiares instituido por la Ley N° 24.714 a los grupos familiares no alcanzados por las mismas, en la medida que se encuentren desocupados o se desempeñen en la economía informal.

Que el Decreto N° 459/10 dispuso la creación del Programa Conectar Igualdad.Com.Ar destinado a proporcionar una computadora a los alumnos y docentes de educación secundaria de escuelas públicas, de educación especial y de institutos de formación docente con el fin de capacitar a los docentes en el uso de dicha herramienta y elaborar propuestas educativas que favorezcan la incorporación de nuevas tecnologías en los procesos de enseñanza y aprendizaje.

Que por el Decreto N° 446/11 se creó la Asignación por Embarazo para Protección Social con el objeto de darle cobertura a las mujeres embarazadas que se encuentran en similares condiciones a quienes acceden a la Asignación Universal por Hijo para Protección Social.

Que el Decreto N° 902/12 constituyó el fondo fiduciario público denominado “Programa Crédito Argentino del Bicentenario para la Vivienda Unica Familiar (PRO.CRE.AR.)” cuyo objeto es facilitar el acceso a la vivienda propia de la población y la generación de empleo como políticas de desarrollo económico y social.

Que estas medidas, entre otras, han permitido mejoras significativas en los procesos de inclusión social y redistribución del ingreso del país.

Que, asimismo, es un objetivo del Estado Nacional elaborar programas de formación profesional para el empleo, tendientes a facilitar la creación de puestos de trabajo, la reinserción ocupacional, el empleo de los jóvenes y la transformación de las actividades informales.

Que en dicho marco la creación del “PROGRAMA JOVENES CON MAS Y MEJOR TRABAJO” generó oportunidades de inclusión social y laboral a miles de jóvenes permitiendo finalizar su escolaridad obligatoria, realizar experiencias de formación y/o prácticas calificantes en ambientes de trabajo y finalmente insertarse en un empleo o iniciar una actividad productiva de manera independiente.

Que la problemática juvenil tiene múltiples facetas que deben ser contempladas a la hora de abordar la temática, evitando caer en categorizaciones simplificadas y estigmatizantes, entre las que pueden mencionarse la necesidad de un acceso real y flexible a la oferta educativa, la provisión de estrategias públicas de cuidado para los jóvenes que tienen niños a cargo y el acompañamiento en una inserción laboral de calidad.

Que por ello resulta conveniente la creación del “PROGRAMA DE RESPALDO A ESTUDIANTES ARGENTINOS” (PROGRESAR) cuyo objeto es el de generar oportunidades de inclusión social y laboral a través de acciones integradas que permitan capacitar a los jóvenes entre DIECIOCHO (18) y VEINTICUATRO (24) años de edad inclusive con el objeto de finalizar la escolaridad obligatoria, iniciar o facilitar la continuidad de una educación superior y realizar experiencias de formación y/o prácticas calificantes en ambientes de trabajo.

Visitante N°: 26604452

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