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Buenos Aires, Jueves 22 de Abril de 2010
AÑO: LXXX | Edicion N°: 20601


Ley_19550
Ley_22315
Decreto_1493
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SÍNTESIS DOCTRINARIA DE LA CAMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO: OFICINA DE JURISPRUDENCIA: BOLETÍN MENSUAL DE JURISPRUDENCIA - DICIEMBRE 2009- PLENARIOS CONVOCADOS - TABLA DE CONTENIDOS
FISCALIA GENERAL Proc. 37 1 a) Excepciones. Competencia material. Incompetencia de la Justicia Laboral para entender en las causas referidas a reclamos contra cajas complementarias. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo carece de aptitud jurisdiccional para resolver la controversia suscitada a partir de la interposición de un recurso judicial fundado en el art. 28 de la ley 19346 (t.o.), contra una resolución dictada por el Directorio de la Caja Complementaria para Pilotos Aviadores que rechazó los recursos de reconsideración por ellos presentados, a raíz de una decisión que les suspendió el pago de la prestación complementaria a cargo de la Caja Complementaria para Pilotos Aviadores. La Cámara Federal de la Seguridad Social (ver, Sala I, 27/0272002, “Ceraso Doménico y otros c/Fondo compensador s/Cobro de Prestación Complementaria”) ha afirmado, de conformidad con el criterio sentado por la Corte Suprema, la competencia de ese fuero para entender en las causas referidas a reclamos contra las cajas complementarias. F.G., Dictamen N° 49.381 del 13/11/2009 Expte. N| 30.561/2009 Sala V “Angelini Luis Ernesto y otros c/Caja Complementaria de Previsión para Pilotos Aviadores s/queja expte. administrativo”, Dr. Álvarez. (La Sala V adhiere al criterio Fiscal en la sentencia interlocutoria 26.148 del 30/11/2009).

Proc. 37 1 c) Excepciones. Competencia territorial. Competencia territorial dada por el lugar del accidente.
En el caso, la actora interpone recurso destinado a cuestionar la inhibitoria en razón del territorio decretada por el juez “a quo”, quien consideró que no se daban ninguno de los supuestos normados por el art. 24 de la ley 18.345, para habilitar el conocimiento de esta Justicia Nacional del Trabajo. En la causa se reclaman sumas en concepto de prestaciones en especie y dinerarias por el accidente de trabajo que habría sufrido el actor en la intersección de las avenidas Santa Fé y Juan B. Justo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Esta circunstancia torna aplicable lo dispuesto en el art. 5 inc. 4° del CPCCN en cuanto confiere para las acciones derivadas de actos ilícitos, la opción para el actor, entre el juez del domicilio del demandado o, el del lugar del hecho. Resulta más razonable acudir ante el juez del lugar del hecho, no sólo por la proximidad con las pruebas más relevantes para la resolución de la causa, sino también por su conocimiento de las características de la zona en donde ocurrió aquél. De allí que en el caso sea competente la Justicia Nacional del Trabajo.
F.G., Dictamen N° 49.304 del 03/11/2009 Expte. N° 12.702/09 Sala I “Gallo Roberto Silverio c/Prevención ART SA s/accidente-acción civil”, Dr. Álvarez. (La Sala I adhiere al criterio Fiscal en la sentencia interlocutoria 60.029 del 30/11/2009).

PLENARIOS CONVOCADOS

“VÁSQUEZ, MARÍA LAURA c/ TELEFÓNICA DE ARGENTINA S.A. y otro s/ diferencias de salarios” (Expte. N° 1339/2007 – Sala II). Convocado por Resolución de Cámara N° 13 del 18 de mayo de 2009.
Temario: “Cuando de acuerdo con el primer párrafo del artículo 29 L.C.T. se establece que el trabajador ha sido empleado directo de la empresa usuaria de sus servicios, ¿procede la indemnización prevista en el artículo 8° de la ley 24.013 aunque el contrato de trabajo haya sido inscripto solamente por la empresa intermediaria?”.

“OLIVA, JESSICA ROMINA c/ YANINE S.A. s/ despido” (Expte. N° 15678/2007 – Sala VII). Convocado por Resolución de Cámara N° 16 del 3 de julio de 2009.
Tema: Alcances del incremento indemnizatorio contemplado en el artículo 16 de la ley 25.561 a partir de la sanción de la ley 25.972.

“LAWSON, PEDRO JOSÉ c/ SWISS MEDICAL S.A. s/ despido” (Expte. N° 31.963/2007 – Sala III). Convocado por Resolución de Cámara N° 21 del 26/08/09.
Tema: Si debe considerarse o no cumplida la condición prevista en el artículo 4° de la ley 25972, en lo referente a la derogación del incremento indemnizatorio del art. 16 de la ley 25561, a partir del dictado del decreto 1224/07.

“GAUNA, EDGARDO DIONISIO c/ EXPLOTACIÓN PESQUERA DE LA PATAGONIA S.A. s/ despido” (Expte. N° 2.538/2008 – Sala VII). Convocado por Resolución de Cámara N° 25 del 20/10/09.
Tema: Procedencia o no del incremento indemnizatorio establecido en el artículo 2 de la ley 25.323 respecto de las indemnizaciones previstas en el régimen de los trabajadores marítimos.



TABLA DE CONTENIDOS


D.T. 1 1 19 Accidentes del trabajo. Acción de derecho común. Ausencia de responsabilidad del empleador y de la aseguradora por un accidente in itinere.
D.T. 1 1 19 Accidentes del trabajo. Acción de derecho común. Caída del trabajador desde un techo efectuando tareas de reparación. Cosa riesgosa. Responsabilidad objetiva. Incumplimiento de las medidas de seguridad. Responsabilidad subjetiva.
D.T. 1 1 19 4 Accidentes del trabajo. Acción de derecho común. Cosa. Ausencia de culpa de la víctima.
D.T. 1 1 19 4) Accidentes del trabajo. Acción de derecho común. Cosa. Máquina productora de ruido.
D.T. 1 1 19 Accidentes del trabajo. Acción de derecho común. Trabajador afectado de brucelosis.
D.T. 1 10 bis Accidentes del trabajo. Ley 24.557. Fondo de Reserva de la Superintendencia de Seguros de la Nación. Obligación de pago de intereses.
D.T. 1 10 bis Accidentes del trabajo. Ley 24.557. Inconstitucionalidad art. 18, inc. 2.
D.T. 1 10 bis Accidentes del trabajo. Ley 24.557. Validez de la celebración del pacto de cuota litis.
D.T. 18 Certificado de trabajo. Obligación de entrega por parte de quien fuera el verdadero destinatario de los servicios del trabajador.
D.T. 18 Certificado de trabajo. Plazo de prescripción de la obligación de extender el certificado de trabajo y la constancia de aportes previsionales.
D.T. 18 Certificado de trabajo. Plazo de prescripción de la obligación de extender el certificado de trabajo y la constancia de aportes previsionales.
D.T. 18 Certificado de trabajo. Plazo de prescripción de la obligación de extender el certificado de trabajo y la constancia de aportes previsionales.
D.T. 27. a) Contrato de trabajo. A tiempo parcial. Aplicación del plenario “D’Aloi c/Selsa”.
D.T. 27 18 b) Contrato de trabajo. Contratación y subcontratación. Solidaridad. Casos particulares. Realización de piezas metálicas como tapas de alcantarillas y crucetas con logo para Telefónica de Argentina.
D.T. 27 18 c) Contrato de trabajo. Contratación y subcontratación. Solidaridad. Gastronómicos. Explotación de los puestos de venta de hamburguesas y panchos en el estadio Boca Juniors.
D.T. 27 18 c) Contrato de trabajo. Contratación y subcontratación. Solidaridad. Gastronómicos. Servicio gastronómico prestado en un aeropuerto.
D.T. 27 18 b) Contrato de trabajo. Contratación y subcontratación. Solidaridad.
Lotería Nacional Sociedad del Estado. Responsabilidad solidaria con empresa que explota una sala donde se efectúan sorteos de Loto Bingo.
D.T. 27 18 b) Contrato de trabajo. Contratación y subcontratación. Solidaridad. Extensión de responsabilidad del art. 30 L.C.T. a la Administración Pública en vinculación con empresario privado. Ausencia de incompatibilidad.
D.T. 27 19 Contrato de trabajo. Extinción por mutuo acuerdo.
D.T. 27 16 Contrato de trabajo. Sociedades. Cooperativas.
D.T. 27 16 Contrato de trabajo. Sociedades. Cooperativas. Art. 27 L.C.T..
D.T. 27 16 Contrato de trabajo. Sociedades. Cooperativas. Incompatibilidad.
D.T. 27 13 Contrato de trabajo. Socio empleado. Cooperativas. La asociación cooperativa excluye la relación de dependencia. Organización fraudulenta para encubrir un contrato de trabajo.
D.T. 28 2 Convenciones Colectivas. Ámbito de aplicación. Trabajadores de una empresa que se dedica a la comercialización, locación y mantenimiento de equipos telefónicos. Convenio colectivo aplicable.
D.T. 30 bis Daño moral. Trabajador que es injuriado verbalmente por el empleador y que pretende el resarcimiento por daño moral.
D.T. 33 17 Despido. Acto discriminatorio. Ley 23.592.

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