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San Martín 50, Piso 4, Of. 34/36 (1004) CABA

Buenos Aires, Viernes 27 de Mayo de 2005
AÑO: LXXX | Edicion N°: 20617


Ley_19550
Ley_22315
Decreto_1493
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REEMPADRONAMIENTO RENTAS PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Dirección General de Rentas de la Provincia de Buenos Aires ha dispuesto un reempadronamiento obligatorio para todos los contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos.
El mismo consiste en actualizar sus datos para todos aquellos que realicen actividades en el ámbito de la Provincia de Buenos Aires, ya sea que tengan sede 901 ó 902 (Convenio Multilateral), a través del aplicativo «Trámites» generando un archivo que se transferirá vía internet (desde la pagina www.rentas.gba.gov.ar).
El reempadronamiento deberá efectuarse en las fechas que se indican a continuación, según sea la terminación de la CUIT:
0, 1, 2, 3, 4 del 1º al 10 de junio
5, 6, 7, 8, 9 del 21 al 30 de junio

Para los contribuyentes puros de esta provincia, los vencimientos operan durante el mes de mayo del corriente.

Estudio Ojeda

Visitante N°: 26563260

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